Créditos adicionales para gastos imprescindibles . Cuando la solicitud se refiera a la apertura de créditos extraordinarios para atender a gastos imprescindibles no votados inicialmente en el presupuesto, el Secretario o Jefe de Unidad Administrativa, informará lo siguiente
Ordenanza que autoriza el gasto que se desea incluir en el presupuesto o sentencia judicial que reconoció el crédito.
Cantidad que se requiera para el gasto.
Recursos que estimen puedan utilizarse para cubrir los nuevos gastos, y 4º. Razones de urgencia o conveniencia que hagan aconsejable la apertura del crédito.