Micelio

Artículo 1

º

Decreto 962 de 1994 · por el cual se dictan disposiciones para la recepción de pagos por contribuciones parafiscales no administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, a través de la red bancaria y demás entidades financieras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El recaudo de los ingresos parafiscales y demás conceptos no tributarios de la Nación, cuyo manejo no haya sido autorizado por las normas legales a otro órgano, podrá efectuarse a través de los bancos y demás entidades financieras autorizadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección del Tesoro Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 962 de 1994