La sanción disciplinaria prescribe en un término de cinco años, contados a partir de la ejecutoria del fallo. Cuando la sanción impuesta fuere la destitución e inhabilidad general o la suspensión e inhabilidad especial, una vez cumplidas se producirá la rehabilitación en forma automática, salvo lo dispuesto en la Carta Política.
DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES,
INCOMPATIBILIDADES, IMPEDIMENTOS, INHABILIDADES
Y CONFLICTO DE INTERESES DEL SERVIDOR PUBLICO
Derechos