º . Apruébase el Decreto número 00388 de mayo 5 de 1982, originario de la Gobernación del Departamento del Caquetá, cuyo texto es: «DECRETO NUMERO 00388 DE 1982 (mayo 5) por medio del cual se difieren los Comisiones Electorales en algunas Inspecciones de Policía del Departamento del Caquetá . El Gobernador del Caquetá, en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: 1° Que el artículo 87 de la Ley 28 de 1979 prevé las causales por las cuales se pueden diferir las elecciones; 2° Que en las Inspecciones de Policía de la ciudad de Yari y San Luis del Oso de la jurisdicción del Municipio de San Vicente del Caguán; Los Angeles de la jurisdicción del Municipio de Belén le los Andaquies; Cuemaní y Curiplaya, del Departamento del Caquetá, se tipifican las circunstancias previstas en el artículo 87 de la Ley 28 de 1979, DECRETA: Artículo primero . Difiéranse los Comicios Electorales en las Inspecciones de Policía de ciudad Yarí y San Luis del Oso de la jurisdicción del Municipio de San Vicente del Caguán; Los Angeles de la jurisdicción del Municipio de Belén de los Andaquies; Cuemaní y Curiplaya; del Departamento del Caquetá. Artículo segundo . Infórmese lo petinente a los Delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil y a las autoridades correspondientes. Artículo tercero . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su aprobación par el Gobierno Nacional. Comuníquese,
Decreto 1354 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1354 de 1982 · Por el cual se aprueba el Decreto número 00388 de mayo 5 de 1982, originario de la Gobernación del Departamento del Caquetá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.