Art. 10. Queda igualmente autorizado el Poder Ejecutivo para señalar los sueldos que debe gozar cada uno de los empleados, recomendándosele por el Congreso, el que contrate con el señor José Cárlos Manó, distinguido viajero naturalista, la Direccion de la Comision científica, por el tiempo y con las condiciones que tenga á bien estipular.
Ley 59 de 1881 →Vigente
Artículo 10
Ley 59 de 1881 · Por la cual se ordena el establecimiento de una comisión científica permanente para el estudio de los tres reinos naturales en la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.