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Artículo 8

º El Inciso Segundo Del Artículo 5º Del Decreto 1512 De 1985 Quedará Así: "cuando El Pago O Abono En Cuenta Corresponda A La Adquisición De Bienes Raíces

Decreto 2509 de 1985 · por el cual se dictan algunas normas en materia de retención en la fuente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El inciso segundo del artículo 5º del Decreto 1512 de 1985 quedará así: "Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la adquisición de bienes raíces. o vehículos, o a contratos de construcción, urbanización y en general de confección de obra material de bien inmueble, la retención prevista en este artículo será del uno por ciento (1%)".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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