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Artículo 5

El Plan De Estudios Para El Ciclo De Educación Ocupacional, Cursos 5º Y 6º Será El Siguiente: Parágrafo

Decreto 1085 de 1971 · Por el cual se fija el plan de estudios en los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El plan de estudios para el ciclo de Educación Ocupacional, cursos 5º y 6º será el siguiente:

Parágrafo

Las materias propias de cada una de las modalidades de que trata este artículo son: Modalidad Ciencias: Matemáticas­ Biología Avanzada­ Física­ Química General. Modalidad Humanidades: economía­ Lenguas Modernas­ sociología General­ Historia de la Cultura­ Sociología de Colombia­ Física­ Química General­ Matemáticas­ Psicología Social. Modalidad Contabilidad: Contabilidad­ Procesamiento de datos economía­ Organización Comercial­ Práctica Comercial­ estadística. Modalidad Secretariado: taquigrafía­ Mecanotaquigrafía­ Contabilidad­ Técnica de Oficina­ Procesamiento de Datos­ Organización Comercial­ Estadística o Economía. Modalidad Hogar: Culinaria­ Recreación­ Práctica del campo­ Enfermería­ Cosmetología­ Industrial Artesanal. Modalidad Salud: Culinaria­Educación para la Salud­ Puericultura­ Recreación­ Práctica de Campo­ Enfermería­ Sicología Social­Nutrición. Modalidad Comunidad: Culinaria­ Recreación­Práctica de Campo­Enfermería­ Sicología Social­ Técnica de Comunidad­Sociología. Modalidad Metalmecánica: Metalmecánica­ Dibujo Técnico­ Mecánica­ Física. Modalidad Electricidad y Electrónica: Electricidad­ Dibujo Técnico Eléctrico­Física. Modalidad Química Industrial: Física­Química General­Industria Química­ Análisis químico­ Procesos orgánicos­ Matemáticas. Modalidad Agropecuaria: Agropecuaria­ Física y Química.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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