Micelio

Artículo 23

Adjudicación De Contratos

Decreto 369 de 1972 · Por el cual se reglamenta la Ley 47 de 1971

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adjudicación de contratos. Los contratos contemplados por el artículo 2° de la Ley 4ª de 1964 serán adjudicados por el Ministerio de Obras Públicas mediante Resolución. Cuando el valor exceda de doscientos mil pesos ($200.000.00) deberá oír previamente el concepto de la mayoría entre los siguientes funcionarios: Viceministro, Secretario General, Directores Generales y Jefe de la Oficina Jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1972