°. Sesiones. La Subcomisión de Salud se reunirá por derecho propio cada dos (2) meses, previa convocatoria realizada por el Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, por conducto de la secretaría técnica y extraordinariamente, a solicitud de los integrantes de la Subcomisión.
La Subcomisión de Salud sesionará en la ciudad de Bogotá o en cualquier otro lugar del país, conforme lo establezca la misma.
Las recomendaciones de la Subcomisión y de los actos propios de la misma, serán adoptadas por consenso entre sus integrantes.