° Para la cabal administración del impuesto predial, créase, dependiente del Administrador de Hacienda Nacional de Bolívar, el cargo de Oficial de Catastro, con una remuneración mensual de $ 140.00.
Decreto 332 de 1938 →Vigente
Artículo 7
Para La Cabal Administración Del Impuesto Predial, Créase, Dependiente Del Administrador De Hacienda Nacional De Bolívar, El Cargo De Oficial De Catastro, Con Una Remuneración Mensual De $ 140
Decreto 332 de 1938 · Por el cual se reglamenta la administración del impuesto sobre la propiedad raíz en Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.