Modifíquese el artículo 2.2.2.46.1.2. de! Decreto 1074 de 2015, Decreto Único del Sector Comercio, Industria y Turismo, el cual quedará así:
Artículo 2.2.2.46.1.2. Derechos por registro de matrícula de establecimientos, sucursales y agencias. La matrícula mercantil de establecimientos de comercio, sucursales y agencias, así como su renovación, causará los siguientes derechos, según el nivel de activos vinculados al establecimiento:
Rango de Activos (en UVT)
Tarifa (en UVT)
Desde
Hasta
0
72.5
1.25
72.6
410.8
2.71
410.9
En adelante
4.06
2. Cuando el establecimiento, la sucursal o la agencia se encuentre localizado dentro de la misma jurisdicción de una Cámara de Comercio distinta a la que corresponda al domicilio principal de la sociedad:
Rango de Activos (en UVT)
Tarifa (en UVT)
Desde
Hasta
0
72.5
2.71
72.6
410.8
4.06
410.9
En adelante
5.40