Micelio

Artículo 3

Autorízase Igualmente Al Gobernador De Cundinamarca Para Subcontratar En Todo O En Parte La Ejecución De La Obra Y Para Hacer Las Operaciones De Crédito Necesarias Para La Financiación De La Misma, Así Como Para Constituir Las Cauciones A Que Hubiere Lugar

Decreto 1127 de 1950 · Por el cual se confieren unas autorizaciones al Gobierno de Cundinamarca para la financiacion, construccion y explotacion del oleoducto Puerto Salgar-Bogota

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autorízase igualmente al Gobernador de Cundinamarca para subcontratar en todo o en parte la ejecución de la obra y para hacer las operaciones de crédito necesarias para la financiación de la misma, así como para constituir las cauciones a que hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1127 de 1950