Micelio

Artículo 12

Ley 2540 de 2025 · por medio de la cual se introduce la modalidad de arbitraje para procesos ejecutivos, con el objetivo de contribuir a la descongestión del sistema judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partes podrán nombrar de manera conjunta el árbitro ejecutor, en un término de cinco (5) días hábiles, prorrogables por acuerdo de las partes, o delegarán tal labor al centro de arbitraje en donde se lleve a cabo el proceso arbitral ejecutivo.

Los árbitros de medidas cautelares previas siempre serán nombrados por el centro mediante sorteo realizado por el centro en donde se lleve a cabo el proceso arbitral ejecutivo.

El centro de arbitraje tendrá a su cargo la secretaría del proceso arbitral ejecutivo, en los términos previstos en su reglamento. La remuneración por la secretaría hará parte de los gastos pagados al centro por el funcionamiento del tribunal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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