Art. 4.° El inventario con todas las piezas comprendidas en él, será puesto a disposicion de la autoridad superior política que ordenó su formacion i resida en el lugar de la curia o vicaria que lo entrega, debiendo ejecutarse esta misma entrega dentro del término que al efecto se le ha ya designado.
Decreto 185106262 de 1851 →Vigente
Artículo 4
Decreto 185106262 de 1851 · En ejecución de los artíenlos 3. ° i 4.° de la lei de 27 de mayo ultimo, reformatoria de la de 4 de los mismos mes i año.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.