Micelio

Artículo 5

Toda Prestación Social Que Deba Pagar El Estado Será Liquidada Y Pagada En Moneda Colombiana Y A La Par

Decreto 3954 de 1950 · Por el cual se modifican los artículos 8° del Decreto 1288 de 1947 y 3° del Decreto 2383 de 1950

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Toda prestación social que deba pagar el Estado será liquidada y pagada en moneda colombiana y a la par.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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