Micelio

Artículo 83

Las Religiosas Se Alojaran En Los Locales Del Establecimiento A Costa De La Administración

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las religiosas se alojaran en los locales del Establecimiento a costa de la administración. Fuera de la remuneración y demás compensaciones por trabajo determinado en contratos especiales, no les corresponde derecho alguno ni otra ventaja ni participación en los ahorros y utilidades en el trabajo de las detenidas o condenadas

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1817 de 1964