Artículo primero. A partir del primero de julio en curso, créase en el Ministerio de Minas y Petróleos -División Nacional de Minas- b) Jurídica, un cargo de Abogado con asignación mensual de un mil cien pesos ($ 1.100.00).
Decreto 1873 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1873 de 1955 · Por el cual se crea el cargo de abogado de la división de minas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.