Deberes de los titulares de licencias, permisos y concesiones en el SIRH. En los términos del artículo 23 del Decreto-ley 2811 de 1974, los titulares de licencias, permisos o concesiones que autorizan el uso del recurso hídrico, están obligados a recopilar y a suministrar sin costo alguno la información sobre la utilización del mismo a las Autoridades Ambientales Competentes.
Decreto 1323 de 2007 →Vigente
Artículo 10
Deberes De Los Titulares De Licencias, Permisos Y Concesiones En El Sirh
Decreto 1323 de 2007 · por el cual se crea el Sistema de Información del Recurso Hídrico, SIRH.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.