Licencias para personal extranjero . Para la refrendación de licencias de navegación a personal extranjero, además de los requisitos que fijen los reglamentos de la Dirección General Marítima y Portuaria se exigirá la presentación actualizada del contrato de trabajo y el concepto favorable del Consejo de Migraciones Laborales o de quien haga sus veces.
Decreto 2324 de 1984 →Vigente
Artículo 137
Licencias Para Personal Extranjero
Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.