Gerencia de Administración de Riesgo Operativo. La Gerencia de Administración de Riesgo Operativo es la dependencia encargada de desarrollar las políticas bajo las cuales se debe regir el Banco en el tema de administración de riesgo operativo y de continuidad del negocio, diseñar e implementar metodologías de administración del riesgo operativo y gestionar el Sistema de Administración de Riesgo Operativo – SARO, al interior de la organización. En el mismo sentido, debe garantizar la continuidad del negocio ante eventos catastróficos, gestionando en todos los niveles el plan de continuidad. Para el mismo propósito de su misión desarrollará las políticas sobre monitoreo transaccional y de gestión de logs, procesos, procedimientos, administrará los modelos de segmentación y perfilamiento de clientes del sistema de monitoreo transaccional.
Decreto 2846 de 2009 →Vigente
Artículo 100
Gerencia De Administración De Riesgo Operativo
Decreto 2846 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.