Micelio

Artículo 194

Los Bienes Inmuebles De Propiedad De Los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Sociedades De Economía Mixta Del Orden Nacional Podrán Ser Gravados Con El Impuesto Predial En Favor Del Correspondiente Municipio

Decreto 1333 de 1986 · por el cual se expide el Código de Régimen Municipal

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los bienes inmuebles de propiedad de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta del orden nacional podrán ser gravados con el impuesto predial en favor del correspondiente Municipio. II. IMPUESTOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y DE AVISOS Y TABLEROS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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