Micelio

Artículo 1

Decreto 2210 de 1948 · Por el cual se crea un puesto en el ramo de Carreteras Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créase el puesto de Inspector de Carreteras de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, sector Chiquinquirá-Saboyá-Albania-Tununguá-Diamante-La Venta-Jesús María-Florián-La Belleza, con asignación mensual de doscientos ochenta pesos ($ 280) . Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2210 de 1948