Micelio

Artículo 8

Decreto 2331 de 2001 · por el cual se dictan normas referentes al Sistema Especial de Importación Exportación para la exportación de servicios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Garantía de Cumplimiento . Con el fin de respaldar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Sistema Especial de Importación - Exportación para la Exportación de Servicios, el usuario deberá constituir a favor de la Nación y ante la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior, garantía global de cumplimiento la cual podrá ser personal, bancaria o de compañía de seguros. La garantía global de cumplimiento deberá constituirse por un monto equivalente al 20% del valor FOB del cupo de importación autorizado en el respectivo programa, liquidado a la tasa de cambio representativa del mercado que informa la Superintendencia Bancaria para el último día hábil de la semana anterior a la fecha de su constitución. Las garantías que se constituyan en desarrollo de un Programa del Sistema Especial de Importación - Exportación para la Exportación de Servicios, tendrá una vigencia igual a la duración del respectivo programa. La duración del Programa será igual al plazo total que resulte de la sumatoria de los siguientes factores

a)

Plazo para importar, entendido como el plazo requerido para registrar importaciones, importar, efectuar el montaje y puesta en marcha de los bienes de capital y repuestos;

b)

Período para el cual se establezca el compromiso de exportación;

c)

Seis (6) meses para acreditar la demostración definitiva de los compromisos de exportación;

d)

Tres (3) meses para la verificación correspondiente;

e)

Un (1) mes para realizar las correcciones o ajustes que sean del caso por parte del usuario;

f)

Tres (3) meses para acreditar ante la Dirección General de Comercio Exterior, del Ministerio de Comercio Exterior, la terminación del régimen de importación temporal;

g)

Un (1) mes adicional, para actuación administrativa que corresponda, ya sea la cancelación de la garantía o la efectividad de la misma ante el incumplimiento resultante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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