º El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo número 062 del 27 de octubre de 1981 y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Manizales a 16 de diciembre de 1986. El Presidente (Fdo.), Omar Franco Gutiérrez. El Secretario (Fdo.), Eduardo Adolfo López Villegas.
Decreto 212 de 1987 →Vigente
Artículo 4
El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Acuerdo Número 062 Del 27 De Octubre De 1981 Y Para Su Validez Requiere Aprobación Por Decreto Del Gobierno Nacional
Decreto 212 de 1987 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 070 de diciembre 16 de 1986 expedido por el Consejo Superior de la Universidad de Caldas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.