º El Secretario de Información y Sistemas cumplirá las siguientes funciones
Asistir al Presidente de la República en el diagnóstico de necesidades de información y sistemas para la definición, coordinación, difusión y evaluación de planes y programas del Gobierno;
Apoyar al Presidente de la República y a sus inmediatos colaboradores en la creación de instrumentos eficientes para el intercambio selectivo de la información disponible y la comunicación con los Ministerios, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos y demás organismos y entidades de la administración;
Diseñar y crear servicios de búsqueda y selección de la información que requieran el Presidente y sus colaboradores más cercanos;
Solicitar a las dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a los diferentes organismos y entidades del Estado, la información relevante para prestar los servicios a que se refiere el literal anterior;
Definir, en coordinación con las diferentes dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y otros organismos o entidades del Estado, indicadores que permitan hacer el seguimiento y evaluación de planes y programas del Gobierno;
Prestar apoyo en materia de sistemas a las diferentes dependencias de la Presidencia:
Las demás que le asigne el Presidente de la República.