Micelio

Artículo 3

Ley 2321 de 2023 · Por medio de la cual se declara al trabajador bananero, al campesino platanero y a la producción bananera y platanera y a la cultura gastronómica asociada al plátano y al banano como patrimonio cultural, inmaterial, alimenticio y nutricional de la nación y se dictan otras disposiciones - Ley Manuel Rivas Palacios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de conformidad con sus funciones constitucionales y legales, contribuirá al fomento, promoción, conservación, divulgación y desarrollo de la producción bananera y platanera declarada en la presente ley, a partir de las diferentes actividades desarrolladas a su alrededor y que han hecho tradición en la cultura alimentaria de la Nación.

Parágrafo

De conformidad con sus funciones, el Instituto Colombiano Agropecuario, (ICA), desarrollará e implementará estrategias para que, de manera coordinada con los trabajadores bananeros y campesinos plataneros se lleven a cabo, capacitaciones y demás actividades afines que, fomenten las buenas prácticas agrícolas para la producción bananera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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