º. El Capitán, de acuerdo con el concepto del Ingeniero Jefe, designará el Ingeniero Ayudante encargado del manejo y buen estado permanente del cañón del buque, de que el pañol que ocupen las municiones de éste, siempre se encuentre en estado de sequedad, y de que no se permita la introducción, en este depósito, de luces y materias inflamables. La llave de este depósito será manejada escrupulosamente por este mismo Ingeniero.
Decreto 385 de 1913 →Vigente
Artículo 8
El Capitán, De Acuerdo Con El Concepto Del Ingeniero Jefe, Designará El Ingeniero Ayudante Encargado Del Manejo Y Buen Estado Permanente Del Cañón Del Buque, De Que El Pañol Que Ocupen Las Municiones De Éste, Siempre Se Encuentre En Estado De Sequedad, Y De Que No Se Permita La Introducción, En Este Depósito, De Luces Y Materias Inflamables
Decreto 385 de 1913 · Por el cual se reglamenta el servicio de los guardacostas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.