º . El Consejo Asesor de Regalías podrá disponer que las Interventorías Técnicas de los Proyectos Regionales de Inversión financiados o cofinanciados con asignaciones del Fondo Nacional de Regalías se realicen a través de contratos de gerencia integral de proyectos celebrados por dicho Fondo, destinando para el efecto hasta un seis por ciento (6%) del valor del proyecto. Con dicho propósito, se podrá ordenar el descuento de estos recursos a cada uno de los proyectos afectados. Este porcentaje se aplicará con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Regalías que el Consejo Asesor de Regalías asigne a las entidades beneficiarias. El procedimiento aquí previsto se aplicará al giro de las asignaciones efectuadas a los proyectos de inversión a que se refiere el
del artículo 63 de la Ley 1169 de 2007.