Micelio

Artículo 1

Decreto 95 de 1874 · Por el cual se establecen las oficinas telegráficas de Popayán i Santander (Quilichao); se fijas las asignaciones anuales de que deben disfrutar sus empleados, i las sumas para útiles de escritorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Establécense las siguientes oficinas telegráficas, con el personal i asignaciones anuales que pasan a es presarse: En Popayan : Un Telegrafista $ 600 Un Ayudante 192 Un Cartero 60 En Santander (Quilichao): Un Telegrafista 360

Parágrafo

Lo sueldos espresados se pagarán desde el día en que sea puesta al servicio público la línea telegráfica de Palmira a Popayan. $ 50

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 95 de 1874