Micelio

Artículo 352

9 ° Para Pago De Honorarios De Los Miembros De La Junta De Emisión, De Que Habla El Artículo 19 De La Ley 70 De 1894 Y Algunos Otros Gastos Análogos, Hasta $ 4,000 Dado En Tena (Departamento De Cundinamarca), Á 22 De Abril De 1896

Decreto 153 de 1896 · Que adiciona la primera liquidación del presupuesto de gastos del bienio de 1895 y 1896

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896, con la suma de $ 4,000, imputable así : DEPARTAMENTO DEL TESORO. capítulo 63. Artículo 352. 9 ° Para pago de honorarios de los miembros de la Junta de Emisión, de que habla el artículo 19 de la Ley 70 de 1894 y algunos otros gastos análogos, hasta $ 4,000 Dado en Tena (Departamento de Cundinamarca), á 22 de Abril de 1896. M. A. CARO . El Ministro del Tesoro, Manuel Ponce De León.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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