Artículo único. Concédese al Agrónomo Nacional del Departamento del Valle, señor Alfonso Romero Manrique, la licencia que solicita por el término de sesenta (60) días, a partir del quince (15) de los corrientes. El Agrónomo Romero Manrique procederá a entregar la oficina y los elementos que tiene a su cargo, bajo inventario, al Jefe del Servicio de Extensión Agrícola del mencionado Departamento. Comuníquese y publíquese.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.