Micelio

Artículo 11

A Instancia Del Gobernador, Previa Recomendación Del Consejo Departamental De Seguridad, El Ministerio De Comunicaciones Procederá A Suspender O A Revocar La Licencia Conferida, Por Violación A Lo Preceptuado En El Presente Decreto O Por Decisión Administrativa Del Gobierno Departamental

Decreto 1029 de 1993 · por el cual se reglamenta un Servicio Auxiliar de Ayuda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A instancia del Gobernador, previa recomendación del Consejo Departamental de Seguridad, el Ministerio de Comunicaciones procederá a suspender o a revocar la licencia conferida, por violación a lo preceptuado en el presente Decreto o por decisión administrativa del Gobierno Departamental. Con todo, el Gobernador, de manera excepcional y temporal, podrá solicitar al Ministerio de Comunicaciones el otorgamiento de licencia provisional a alguno de los organismos de la entidad territorial, hasta tanto las causas que originaron la revocatoria o suspensión de la licencia desaparezcan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1029 de 1993