Micelio

Artículo 17

Los Miembros De La Junta Directiva Del Hospital No Tienen Por Este Solo Hecho, La Calidad De Funcionarios Públicos, Sus Incompatibilidades Serán Además Las Especiales Que Se Consagren Para Los Miembros De Las Juntas O Consejos De Establecimientos Públicos

Decreto 2186 de 1970 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Hospital "Ramón González Valencia", de Bucaramanga

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de la Junta Directiva del Hospital no tienen por este solo hecho, la calidad de funcionarios públicos, sus incompatibilidades serán además las especiales que se consagren para los miembros de las Juntas o Consejos de Establecimientos Públicos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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