Micelio

Artículo 8

Ley 2579 de 2026 · por medio de la cual se exalta como Patrimonio Cultural e Inmaterial (LRPCI) - del ámbito nacional el género musical Calypso y los bailes típicos del pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fortalecimiento de la transferencia de conocimiento y enseñanza de la música y baile típico del pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina. Autorícese al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes; al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para que promuevan la enseñanza y transferencia de las técnicas asociadas a la música y baile tradicional típico del pueblo Raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en los programas de formación impartidos por el Sena, El Instituto de Formación Técnica Profesional – Infotep, San Andrés; la Sede Caribe de la Universidad Nacional y las instituciones de educación asociadas al sector, para la preservación de las tradiciones raizales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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