Micelio

Artículo 1

Decreto 250 de 1981 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 1 del 26 de noviembre de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Caquetá, relativo a la expedición del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia para la vigencia fiscal de 1981

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Apruébase con modificaciones el Acuerdo número 1 del 26 de noviembre de 1980, expedido por el Consejo Intendencial del Caquetá, relativo a la determinación del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). «ACUERDO NUMERO 1 DE 1980 (noviembre 26) por el cual se fija el Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia Nacional del Caquetá, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981). El Consejo Intendencial del Caquetá, en uso de sus facultades legales, ACUERDA: Artículo primero. Fíjanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro Intendencial del Caquetá para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la cantidad de doscientos tres millones ochocientos noventa y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 203.895.400.00), según los siguientes pormenores: PRIMERA PARTE Presupuesto de Rentas e Ingresos CAPITULO I Ingresos corrientes 203.894.600 Ingresos tributarios 100.609.200 A. Impuestos directos 2.330.000 01 Registro y anotación 2.270.000 02 Circulación y Tránsito 60.000 B. Impuestos indirectos 98.279.200 05 Tabaco y cigarrillos nacionales 54.000.000 06 Cervezas 37.657.986 07 Degüello 130.000 08 Gasolina 200.000 09 Cigarrillos extranjeros 4.891.214 13 Billetes, rifas y apuestas 1.200.000 14 Timbres y estampillas 200.000 Ingresos no tributarios 103.285.400 A. Tasas y ventas de servicios 13.000.000 19 Planta telefónica 13.000.000 B. Rentas ocasionales 285.000 25 Multas y reintegros 180.000 27 Aprovechamientos 5.000 28 Venta de formularios y placas 100.000 C. Rentas contractuales 60.000.100 33 Impuesto consumo licores 60.000.000 34 Explotación de materiales y minerales 100 D. Aportes auxilios y participaciones 30.000.300 37 Cánones superficiarios de arrendamientos 100 38 Participación regalías petrolíferas 100 39 Cuenta de estabilización precios derivados del petróleo, electrificadoras 30.000.000 43 Transferencias DAINCO para inversión 50 44 Participación Impoventas 50 CAPITULO II Recursos de Capital 800 Recursos del Balance del Tesoro 800 A. Saldo de vigencias expiradas 300 51 Fondos comunes 100 52 Auxilios especiales 100 53 Superávit 100 B. Recursos del crédito 200 56 Interno 100 57 Externo 100 C. Venta de activos 300 60 Bienes raíces 100 61 Semovientes 100 62 Maquinaria 100 Total Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital 203.895.400 SEGUNDA PARTE Presupuesto de Gastos. Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la Intendencia Nacional del Caquetá durante la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 1981, una suma igual a la del cálculo de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro Intendencia, determinada en el artículo anterior por valor de doscientos tres millones ochocientos noventa y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 203.805.400.00) moneda corriente, distribuida, así: CAPITULO III Gastos de Funcionamiento Resumen de Gastos de Funcionamiento. A. Servicios personales $ 78.036.300 B. Gastos Generales 12.810.000 C. Transferencias 50.822.186 D. Servicio de la deuda 5.108.380 Total $ 146.776.866 Consejo Intendencial. A. Servicios personales 746.100 1 Dietas 640 000 2 Sueldos 85.200 3 Gastos de representación 13.800 6 Prima de navidad 7.100 B. Gastos Generales 130.000 16 Compra de equipo 50.000 17 Viáticos y gastos de viaje 70.000 21 Impresos y publicaciones 10.000 Total Consejo Intendencial 876.100 Despacho Intendencial. A. Servicios personales 4.199.100 2 Sueldos personal de nómina 2.859.600 3 Gastos de representación 408.000 5 Honorarios 200.000 6 Prima de Navidad 275.800 7 Prima técnica 42.000 10 Prima de vacaciones 137.900 11 Prima semestral 275.800. B. Gastos generales 1.150.000 15 Mantenimiento y aseguros 150.000 16 Compra de equipo 200.000 17 Viáticos y gastos de viaje 500.000 20 Materiales y suministros 200.000 23 Gastos varios e imprevistos 50.000 24 Gastos especiales 50.000 Total Despacho Intendencial 5.349.100 Secretaría de Gobierno A. Servicios personales 20.281.150 2 Sueldos personal de nómina 16.640.400 3 Gastos de representación 144.000 6 Prima de navidad 1.398.700 10 Prima de vacaciones 699.350 11 Prima semestral 1.398.700 B. Gastos generales 1.530.000 15 Mantenimiento y seguros 150.000 16 Compra de equipo 150.000 17 Viáticos y gastos de viaje 800.000 20 Materiales y suministros 90.000 20-1 Compra combustible Acción Comunal 340.000 C. Transferencias 4.500.000 33 Raciones y traslado de presos 120.000 35 Gastos protección indígenas 200.000 36 Gastos servicio Policía 240.000 39 Calamidad pública 520.000 40 Auxilio especial DAS 100.000 94 Orden público 320.000 94-1 Inspecciones de Policía 3.000.000 Total Secretaría de Gobierno $ 26.311.150 Secretaría de Hacienda. A. Servicios personales 7.874.450 2 Sueldo personal de nómina 5.983.200 3 Gastos de representación 144.000 5 Honorarios 50.000 6 Prima de Navidad 514.100 7 Prima técnica 42.000 8 Vacaciones remuneradas 200.000 9 Indemnización por entrega de oficinas 70.000 10 Prima de vacaciones 257.050 11 Prima semestral 514.100 13 Indemnización por despido 100.000 B. Gastos generales 4.860.000 15 Mantenimiento y aseguros 220.000 16 Compra de equipo 200.000 17 Viáticos y gastos de viaje 350.000 18 Servicios de comunicación 50.000 19 Servicios públicos 1.000.000 20 Materiales y suministros 350.000 20-1 Compra combustible y lubricantes 2.150.000 21 Impresos y publicaciones 50.000 22 Arrendamientos 400.000 23 Gastos varios e imprevistos 50.000 26 Reintegro póliza de manejo 40.000 C. Transferencias 42.932.186 30 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30% 9.514.752 31 Aporte a Caja de Previsión Social Intendencial 8% servicios personales 6.242.904 32 Aporte Caja Compensación Familiar (Subsidio familiar) 2.541.456 31-1 Aporte Caja de Previsión Social Jubilaciones 2.000.000 34 Pago pensiones manicomios y asilos 600.000 38 Aguinaldo del niño pobre 120.000 41 Aporte SENA 317.682 42 Celebración Día del Campesino 150.000 44 Aporte DAINCO, para programa gestión delegada agentes fiscales 120.000 49 Capacitación empleados 100.000 50 Alimentos PINA 200.000 52 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2% nómina empleados 671.136 53 Auxilio Radio Operador DAINCO 37.200 54 Cesantías 6.419.374 58 Aporte ESAP y escuelas industriales 317.682 59 Reintegro Telecom 65% 8.450.000 60 Auxilio sindicato de trabajadores intendenciales 50.000 61 Auxilio ancianato 150.000 62 Auxilio orfanato Santuario 50.000 63 Auxilio amparo de niños 50.000 64 Auxilio Centro Piloto 50.000 65 Dotación obreros de planilla 2.000.000 66 Auxilio Servicio Seccional de Salud 1.200.000 67 Fondo de Electrificación Rural 100.000 68 Gastos Pro Departamentalización 400.000 69 Préstamo estudiantes, contrato Intendencia ICETEX 100.000 70 Aporte Corporación de Ferias y Mataderos 300.000 71 Auxilio sindicato trabajadores de la construcción Florencia 50.000 72 Auxilio Central Nacional Provivienda, Centro Provivienda número 1 50.000 73 Auxilio Sindicato de Pequeños Propietarios Agrícolas, SIMPEPROAGRICA 110.000 74 Auxilio Sindicato de Trabajadores Agrícolas, SINDIAGRO, organización sede y equipo de oficina 100.000 75 Auxilio Sindicato de Loteros de Florencia, SILOCA 20.000 76 Auxilio Cuerpo de Bomberos de Florencia 120.000 77 Programa recreación empleados intendenciales, continuación programa 200.000 77-1. Auxilio Unión de Mujeres Democráticas de Florencia 30.000 D. Servicio de la deuda 5.108.380 95 Bancos 100 96 Deuda COINCO, intereses y amortización 1.000.000 97 Deuda de vigencias expiradas 2.000.000 98 Amortización deuda Caja de Previsión Intendencial 1.000.000 99 Instituto de Fomento Municipal, INSPOPAL 1.108.280 Total Secretaría de Hacienda 60.775.016 Secretaría de Obras Públicas A. Servicios personales 39.232.650 2 Sueldos 4.718.400 3 Gastos de representación 144.000 4 Jornales 27.480.000 6 Prima de Navidad empleados y obreros 2.705.700 7 Prima técnica 126.000 10 Prima de vacaciones empleados y obreros 1.352.850 11 Prima semestral empleados y obreros 2.705.700 B. Gastos generales 3.770.000 15 Mantenimiento y seguros 1.200.000 16 Compra de equipo 250.000 17 Viáticos y gastos de viaje 1.500.000 20 Materiales y suministros 800.000 23 Gastos varios e imprevistos 20.000 Total Secretaría de Obras Públicas 43.002.650 Secretaría de Educación A. Servicios personales 845.350 2 Sueldos personal de nómina 555.600 3 Gastos de representación 144.000 6 Prima de navidad 58.300 10 Prima de vacaciones 29.150 11 Prima semestral 58.300 B. Gastos generales 920.000 15 Mantenimiento y seguros 150.000 16 Compra de equipo 150.000 17 Viáticos y gastos de viaje 120.000 20 Materiales y suministros 500.000 C. Transferencias 3.390.000 78 Becas auxilios estudiantes 250.000 79 Aporte Universidad Surcolombiana 1.300.000 80 Aporte FER programa mapa educativo 50.000 81 Auxilio Colegio Normal Nacional Florencia 50.000 82 Auxilio Agrotécnico mixto Belén 100.000 83 Auxilio Colegio Nacional Femenino 100.000 84 Aporte CEP 100.000 85 Auxilio Colegio Agrotécnico José Acevedo y Gómez, Puerto Rico 100.000 86 Auxilio Colegio Marco Fidel Suárez Doncello 50.000 87 Auxilio Centro Cultural Nocturno Juan XXIII de Florencia 100.000 88 Auxilio Colegio Comercial, Cartagena del Chairá 30.000 89 Aporte mantenimiento restaurantes escolares 500.000 90 Auxilio Club Deportivo Wancas, Municipio de Paujil 30.000 91 Auxilio Colegio San Carlos, Corregimiento de Albania (Becas) 50.000 92 Auxilio Club Las Camelia para construcción de la Casa de la Cultura de Paujil 50.000 93 Auxilio Colegio Nuestra Señora de las Mercedes, compra de instrumentos para la tuna de Paujil 60.000 93-1 Auxilio Instituto Ciudad Florencia 50.000 93-2 Auxilio Colegio Migani, Florencia 50.000 93-3 Auxilio Colegio Caquetá, Florencia 50.000 93-4 Auxilio Colegio Gimnasio Moderno 50.000 93-5 Auxilio Colegio Parroquial de San José del Fragua 50.000 93-6 Auxilio Club Deportivo J. H. Clavijo 70.000 93-7 Auxilio Club Deportivo Cristacril, gastos varios, Florencia 50.000 93-8 Grabación Himno al Caquetá y otros artistas nacionales 100.000 Total Secretaría de Educación 5.155.350 Secretaría de Agricultura Ganadería y Recursos Naturales. A. Servicios personales 4.857.500 2 Sueldos personal de nómina 1.292.400 3 Gastos de representación 144.000 4 Jornales 2.499.600 6 Prima de Navidad empleados y obreros 335.000 7 Prima técnica 84.000 10 Prima de vacaciones empleados y obreros 167.500 11 Prima semestral empleados y obreros 335.000 B. Gastos generales 450.000 15 Mantenimiento y seguros 100.000 16 Compra de equipo 120.000 17 Viáticos y gastos de viaje 150.000 20 Materiales y suministros 80.000 Total Secretaría de Agricultura 5.307.500 CAPITULO IV Gastos de Inversión PROGRAMA I Obras Públicas. Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas $ 54.318.534 Inversión Directa. 25.237.446 Subprograma 101. Construcción carreteras y calles 2.400.000 Proyectos 1 Norcacia Alto Pará - San Pedro $ 800.000 2 Belén - Aletones 800.000 3 San Vicente - Gibraltar 800.000 Subprograma 102. Conservación carreteras y calles 1.870.000 Proyectos. 1 Vía La Mono - Carretera Sánchez 200.000 2 Doncello - La Granada - La Ceiba 200.000 3 La Viciosa - El Venado 200.000 4 Campucana San José -Canelos 200.000 5 Varias en el territorio 1.070.000 Subprograma 103. Pavimentación 800.000 Proyecto 1 Varias en el territorio 800.000 Subprograma 104. Construcción puentes 2.050.000 Proyectos 1 Quebrada La Tortuga - Vía Portal La Mono 200.000 2 Quebrada Inspección La Mono 150.000 3 Puente vía San Martín sobre quebrada Muchilero 200.000 4 Varios en el territorio 1.500.000 Subprograma 105. Conservación de puentes 1.400.000 Proyectos. 1 Puente quebrada El Venado 200.000 2 Varios en el territorio 1.200.000 Subprograma 106. Conservación aeropuertos 300.000 Proyecto Varios en el territorio 300.000 Subprograma 108. Construcción edificios públicos 1.467.446 Proyectos. 1 Casa Inspeccional Santa Ana, Las Hermosas 100.000 2 Casa Inspeccional Río Negro 100.000 3 Casa lnspeccional San Atonio de Getuchá 100.000 4 Casa Inspeccional Puerto Torres 50.000 5 Casa Inspeccional Maracaibo 100.000 6 Casa Inspeccional Ciudad Yarí 137.446 7 Casa Inspeccional Los Angeles 50.000 8 Casa Inspeccional Aletones 50.000 9 Casa Inspeccional El Portal 100.000 10 Santiago de la Selva 100.000 11 El Dorado 100.000 12 Casa Inspeccional Balsillas 100.000 13 Casa Inspeccional El Recreo 100.000 14 Casa Inspeccional Yurayaco 100.000 15 Casa Inspeccional San José 80.000 16 Casa Inspeccional La Unión Penella 100.000 Subprograma 109. Reparación, remodelación edificios públicos 3.500.000 Proyectos. 1 Palacio Intendencial 500.000 2 Escuelas Urbanas 1.500.000 3 Escuelas Rurales 1.500.000 Subprograma 110. Construcción terminación y remodelación plazas de mercado 750.000 Proyectos. 1 Albania 100.000 2 San José 100.000 3 Curillo 150.000 4 Yurayaco 150.000 5 Valparaíso 100.000 6 Paujil 150.000 Subprograma 112. Construcción terminación plaza de ferias 700.000 Proyectos. 1 Varias en el territorio 500.000 2 Puerto Rico 200.000 Subprograma 114. Construcción, remodelación mataderos 400.000 Proyecto 1 Varios en el territorio 400.000 Subprograma 119. Remodelación y reparación cárceles 800.000 Proyectos. 1 Solano 200.000 2 Milán 100.000 3 Albania 200.000 4 San José 100.000 5 San Vicente 200.000 Subprograma 122. Otras construcciones de obras públicas 700.000 Proyectos. 1 Construcción oficinas bodegas almacén intendencial 500.000 2 Alcantarillado Valparaíso 170.000 3 Zona verde barrio La Estrella 30.000 Subprograma 125. Adquisición plantas , eléctricas y equipo 1.000.000 Proyecto 1 Varios en el territorio 1.000.000 Subprograma 127. Reparación y mantenimiento equipos eléctricos 1.800.000 Proyecto. 1 Varios en el territorio 1.800.000 Subprograma 129. Ampliación planta telefónica 700.000 Proyecto. 1 Planta telefónica Florencia 700.000 Subprograma 130. Reparación y mantenimiento plantas y equipos telefónicos 300.000 Proyecto. 1 Planta telefónica y equipo Florencia 300.000 Subprograma 134. Construcción obras defensas ríos 300.000 Proyectos. 1 Río Fragua - Chorroso Puente Londoño 150.000 2 Río Hacha 150.000 Subprograma. 136. Construcción y reparación de muelles 500.000 Proyectos. 1 Varios en el territorio 400.000 2 SoIano 100.000 Subprograma 139. Compra equipo de obras públicas 2.500.000 Proyectos. 1 Adquisición vehículos 800.000 2 Adquisición repuestos maquinaria pesada 1.500.000 3 Adquisición equipos talleres 200.000 Subprograma: 147. Construcción y arreglo caminos veredales 1.000.000 Proyecto., 1 Varios en el territorio 1.000.000 Inversión indirecta 29.081.088 Subprograma 150. Aportes .y auxilios para Fondo de Obras Públicas Municipales y corregimentales participación rentas 70% 22.201.088 Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO 150.000 Subprograma 154. Otros aportes y auxilios 6.730.000 Proyectos. 1 Junta de Acción Comunal vereda San José obras varias 50.000 2 INAS para construcción acueducto para la Inspección de Policía de Versalles 50.000 3 Junta de Acción Comunal Venecia, Municipio de Florencia, para obras varias 20.000 4 Junta de Acción Comunal Las Acacias, El Triunfo, obras varias 20.000 5 Auxilio Cooperativa Comunal Tres Esquinas, San Vicente, para obras varias 20.000 6 Junta de Acción Comunal Inspección de Policía La Unión, Penella, obras varias 50.000 7 Junta de Acción Comunal Albania, para carreteable Albania - San Isidro 100.000 8 Junta de Acción Comunal Central de Albania, para construcción parque 100.000 9 Junta de Acción Comunal San José, para arreglo carreteable San José-Las Delicias 50.000 10 Junta de Acción Comunal Inspección Santiago de la Selva, para puesto de salud 50.000 11 Junta de Acción Comunal Belén, electrificación vereda El Salado 50.000 12 Junta de Acción Comunal vereda El Paraíso, Florencia, para obras varias 50.000 13 Junta de Acción Comunal vereda El Diamante, Florencia, para obras varias 50.000 14 Junta de Acción Comunal vereda Los Laureles - El Doncello, para obras varias 50.000 15 Junta de Acción Comunal barrio Simón Bolívar, El Doncello, para pavimentación calle 3ª y calle 2ª 50.000 16 Junta de Acción Comunal Central de San José, para la hidroeléctrica 50.000 17 Junta de Acción Comunal Yurayaco, para obras varias 50.000 18 Junta de Acción Comunal Inspección La Fragüita, para obras varias 70.000 19 Junta de Acción Comunal, vereda Betania Bajo, para carreteable Betania Bajo al kilómetro 24, vía Valparaíso 100.000 20 Junta de Acción Comunal vereda Jordán Alto, arreglo caminos 30.000 21 Junta de Acción Comunal Belén, compra de transformador 50.000 22 Junta de Acción Comunal Puerto Torres, arreglo de calles 30.000 23 Junta de Acción Comunal Pueblitos, carreteable pueblitos - Belén 100.000 24 Junta de Acción Comunal de La Mosaya, carreteable La Mosaya - Agua Dulce - Belén. 80.000 25 Junta de Acción Comunal El Carbón, Belén; construcción matadero 40.000 26 Junta de Acción Comunal vereda El Lobo, Puerto Rico, construcción puente 30.000 27 Junta de Acción Comunal Puerto Losada San Vicente puesto de salud 30.000 28 Auxilio a través de la: Junta de Acción Comunal barrio del Comercio de Puerto Rico, para obras varias en Puerto Limón, $ 90.000.00; en el barrio del Comercio, $ 80.000.00, y en La Providencia, $80.000.00 250.000 29 Junta de Acción Comunal, vereda El Carmen, Paujil, obras varias 70.000 30 Junta de Acción Comunal vereda Arenoso, El Doncello, obras varias 50.000 31 Junta de Acción Comunal vereda La Esmeralda, Corregimiento Valparaíso, reparación caminos y escuelas 150.000 32 Junta de Acción Comunal El Triunfo, Montañita, obras varias 50.000 33 Junta de Acción Comunal San Pedro Medio, Valparaíso, construcción escuela 100.000 34 Junta de Acción Comunal vereda San Francisco, Florencia, obras varias 100.000 35 Junta de Acción Comunal vereda Paralizada Curillo, reconstrucción escuela 50.000 36 Junta de Acción Comunal vereda Horizonte Curillo, reconstrucción escuela 50.000 37 Junta de Acción Comunal vereda Santa Fe, Doncello, reconstrucción escuela 50.000 38 Junta de Acción Comunal Las Margaritas, reconstrucción escuela de San Antonio de Getucha 50.000 39 Junta de Acción Comunal vereda Las Américas, compra motobomba Cartagena del Chairá 30.000 40 Junta de Acción Comunal de Versalles, Albania, reconstrucción escuela 40.000 41 Junta de Acción Comunal La Hechicera, arreglo escuela Municipio Montañita 40.000 42 Junta de Acción Comunal vereda La Paz, Albania, arreglo escuela 20.000 43 Junta de Acción Comunal vereda El Bosque, arreglo escuela San José del Fragua 30.000 44 Auxilio escuela La Primavera, Albania, Junta Acción Comunal 40.000 45. Junta de Acción Comunal Belén, droguería comunal 30.000 46 Parroquia de Belén (máquina corta césped) 30.000 47 Junta Acción Comunal Belén, compra motobomba 30.000 48 Aporte INAS acueducto Santa Fe, Corregimiento Cartagena del Chairá 50.000 49 Aporte Junta de Acción Comunal barrio Los Pinos, Florencia, programa construcción acueducto 1.000.000 50 Aporte Telefónica, construcción red telefónica, Florencia 3.000.000 PROGRAMA II Agropecuario. Unidad Ejecutora: Secretaría de Agricultura 2.800.000 Inversión directa. 1.200.000 Subprograma 124. Remodelación y reparación granjas agrícolas 400.000 Proyecto. 1 Varios en el territorio 400.000 Subprograma 148. Fomento agrícola 800.000 Proyectos. 1 Reforestación 500.000 2 Control plagas enfermedades 300.000 Inversión indirecta 1.600.000 Subprograma 151. Aportes y auxilios para Fondos Agropecuarios 500.000 Proyecto. 1 Fondo Rotatorio Agropecuario 500.000 Subprograma 152. Aportes auxilios para Juntas de Ferias 1.100.000 Proyectos. 1 Junta de Ferias Florencia 300.000 2 Junta Ferias Municipios 500.000 3 Juntas Ferias Corregimientos 300.000 Total Presupuesto Gastos de Funcionamiento e Inversión $ 197.845.400 RESUMEN Funcionamiento Inversión Total Consejo Intendencial $ 876.100 876.100 Despacho Intendencial 5.349.100. 5.349.100 Secretaría de Gobierno 26.311.150 26.311.150 Secretaría de Hacienda 60.775.016 60.775.016 Secretaria de Obras Públicas 43.002.650 54.318.534 97.321.184 Secretaría de Educación 5.155.350 5.155.350 Secretaría Agricultura y Ganadería y R. N. 5.307.500 2.800.000 8.107.500 Total $ 146.776.866 57.118.534 203.895.400 DISPOSICIONES GENERALES Articulo tercero. El único--ordenador de gastos en la Intendencia del Caquetá será el Intendente. Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal. Artículo quinto La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monta señalado. Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la lntendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible. Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan. Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas. Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea afectar pagor por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato solicitud de suministro, en relación con las chales se abrió la carta de crédito. Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen en el primer caso; o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso. Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Intendencial, con la participación del Secretario de Hacienda, prepara durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comporatamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará; otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución. Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto. Artículo décimo. La administración intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal. Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.

Parágrafo

Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado. Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda públicas; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos. Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificados de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato. Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos. Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagaran por mensualidades con el respectivo sueldo. Artículo decimosexto. Toda erogación con cargos a gastos imprevistos que excedan a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) deberá ser autorizada por el Intendente mediante resolución motivada. Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos; según la siguiente escala

1.

El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.800.00 diarios.

2.

Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 35.000.00 y $ 20.001.00 tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500.00 diarios. 3 Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilan entre $ 20.000.00 y $ 10.001.00 tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1,000.00 diarios. 4. Los empleados Cuyas asignaciones mensuales sean de $ 10.000.00 o menos, ganarán viáticos a razón de $ 800.00 diarios.

Parágrafo

Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así

1.

El Intendente ganará a razón de $ 1.000.00 diarios.

2.

Sueldos de $ 20.001:00 a $ 35.000.00 a razón de $ 800.00 diarios.

3.

Sueldos de $ 10.001.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 600.00 diarios. 4 Sueldos de $ 10.000.00 o menos a razón de $ 500.00 diarios. Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetas a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del jefe respectivo del organismo.

Parágrafo

Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente. Artículo decimonoveno: Los consejeros intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera dei territorio intendencial en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el lntendente mediante resolución previa. Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión, solo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que se ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.

Parágrafo

No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso solo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte. Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de. destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente. Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas. Artículo vigesimotercero. El pago de las vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorno la normal prestación del servicio. Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro gastos especiales que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda legal, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda legal, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías. Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo no se girará su valor sino cuando esa inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea. su destinación. Artículo vigesimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría de Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior. Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como de devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.

Parágrafo

Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000), se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes. Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente. Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibido dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto. Artículo trigésimo, Queda terminantemente prohibido el pago, con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de- servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia. salvo lo que se pacte en convenios especailes o sea dispuesto por la ley. Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del artículo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal, estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá. Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrá el siguiente orden de prioridad para su giro: Primera prioridad. Servicios personales. Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión, SENA, ESAP, Instituto de Bienestar Familiar (ICBF). Aporte a COINCO para programas gestión delegada (Agentes Fiscales), Auxilio Radio-operador DAINCO. Servicio de la deuda. Segunda prioridad. Gastos generales. Tercera prioridad. Demás transferencias y gastos de inversión. No podrán emitirse giros ni hacerse pagos, ni refrendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hiciese en contravención a lo dispuesto en el presente artículo. Artículo trigesimotercero: Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte de la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda. Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981). Comuníquese y cúmplase. Dado en Florencia, capital de la Intendencia Nacional del Caquetá, a los veintiséis (26) días de noviembre de mil novecientos ochenta (1980). (Fdo.), Jorge Olaya Lucena , Presidente Consejo Intendencial. (Fdo.), Teodosio Duque Motta , Secretario Consejo Intendencial El suscrito, Secretario del Consejo Intendencial del Caquetá, HACE CONSTAR: Que el Acuerdo número 01 de 1930, presentado al honorable Consejo Intendencial por segunda vez, por el Gobierno Intendencial, ha sido debatido en dos (2) sesiones en días y horas diferentes, aprobados por unanimidad, así: Primera sesión: noviembre 12 de 1980. Segunda sesión: noviembre 26 de 1980. Para constancia se firma en el salón de sesinones. del honorable Consejo Intendencial a los veintiséis (26). días del mes de noviembre de 1980. (Fdo.), Teodolo Duque Motta , Secretario Consejo Intendencial. Constancia: Florencia, Intendencia Nacional del Caquetá, diciembre 1° de 1980. En la fecha recibo, procedente del honorable Consejo Intendencial de Florencia, los Acuerdos números 1 y 2 sobre el presupuesto de rentas y gastos por el cual se determinan los cargos, asignaciones civiles y gastos de representación del personal de empleados al servicio de la Intendencia Nacional del Caquetá, respectivamente, para la vigencia fiscal de 1981. Vienen el original y dos (2) copias. Los radico bajo el número 2054, folio 479, tomo III del radicador de Asuntos Civiles y Administrativos. (Fdo.), Irma Elena Rojas Hurtado . Sustanciador penal. Sección de Justicia Intendencial. Florencia, Intendencia Nacional del Caquetá, diciembre primero (1°) de mil novecientos ochenta (1980). SANCIONADO. (Fdo.) Félix Tovar Zambrano, Intendente Nacional del Caquetá. (Fdo.), Ernesto Ortiz Fajardo, Asesor Jurídico Intendencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1981