Son funciones de la Sección del Ceremonial:
Reglamentar y dirigir el Ceremonial Diplomático de la Presidencia de la República y del Ministerio de Relaciones Exteriores, y asesorar sobre el particular a las demás entidades oficiales que lo soliciten. En desarrollo de esta función, en todos los actos o ceremonias a que concurra el Presidente de la República y en los cuales participen miembros del Cuerpo Diplomático o funcionarios oficiales extranjeros, organizará el programa correspondiente y vigilará el cumplimiento de las normas pertinentes;
Tramitar el otorgamiento de las condecoraciones nacionales de las Ordenes de Boyacá, de San Carlos y Nacional al Mérito y la autorización a funcionarios colombianos para aceptar condecoraciones extranjeras, y llevar los registros correspondientes;
Tramitar las solicitudes de audiencia de los Jefes de Misiones Extranjeras, Funcionarios Oficiales Extranjeros y Funcionarios de Organismos Internacionales, con el Presidente de la República, con el Ministro de Relaciones Exteriores, con el Viceministro y con el Secretario General del Ministerio;
Señalar la precedencia de los Agentes Diplomáticos y determinar la de los asistentes a ceremonias o actos oficiales que cuenten con la presencia del Ministro de Relaciones Exteriores, del Viceministro, del Secretario General del Ministerio o del Cuerpo Diplomático acreditado en Bogotá.