Micelio

Artículo 7

Decreto 73 de 2002 · por el cual se fijan las tarifas mínimas para el cobro de los servicios de vigilancia y seguridad privada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los servicios de vigilancia y seguridad privada a que se refiere el presente decreto no podrán exigir a los vigilantes una jornada superior a la fijada por las normas laborales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 2002