º Créase el Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional del Occidente Colombiano como cuenta especial en el Banco de la República, cuyos recursos se destinarán al funcionamiento técnico-administrativo y al financiamiento de proyectos de inversión en la Región de Planificación del Occidente Colombiano, según los gastos aprobados por el Consejo Regional de Planificación de acuerdo con la atribución que le concede el artículo 4º de la Ley 76 de 1985.
Artículo 4
Créase El Fondo De Inversiones Para El Desarrollo Regional Del Occidente Colombiano Como Cuenta Especial En El Banco De La República, Cuyos Recursos Se Destinarán Al Funcionamiento Técnico-Administrativo Y Al Financiamiento De Proyectos De Inversión En La Región De Planificación Del Occidente Colombiano, Según Los Gastos Aprobados Por El Consejo Regional De Planificación De Acuerdo Con La Atribución Que Le Concede El Artículo 4º De La Ley 76 De 1985
Decreto 8085 de 1986 · Por el cual se crea la Región de Planificación del Occidente Colombiano y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.