Destínase la suma de tres mil pesos ($3.000) oro, para la compra y adaptación de un local adjunto a la casa que posee la Nación en Popayán.
Queda en estos términos reformado el artículo 1° de la Ley 31 de 1920 .
Ley 1 de 1925 · Por la cual se reforma la Ley 19 de 1884 y se dictan algunas disposiciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Destínase la suma de tres mil pesos ($3.000) oro, para la compra y adaptación de un local adjunto a la casa que posee la Nación en Popayán.
Queda en estos términos reformado el artículo 1° de la Ley 31 de 1920 .
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.