Micelio

Artículo 36

Informes Del Auditor A La Asamblea De Accionistas-Junta Directiva

Decreto 301 de 1982 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 110 de septiembre 9 de 1980, originario de la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Informes del Auditor a la Asamblea de Accionistas-junta Directiva. El informe del Auditor General a la Asamblea de Accionistas-Junta Directiva deberá expresar: 1º. Si los actos de los administradores de la Caja se ajustan a los estatutos y a las órdenes o instrucciones de la Asamblea de Accionistas-Junta Directiva. 2º. Si la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente, y 3º. Si hay y son adecuadas las medidas de control interno de conservación y custodia de los bienes de la entidad o de terceros que estén en poder de la Caja.

Parágrafo

El Auditor General rendirá a la Asamblea de Accionistas-Junta Directiva los informes que le sean solicitados, uno de los cuales debe ser semestral, y asistirá a las sesiones de la Asamblea de Accionistas-Junta Directiva cuando esta ejerza funciones que correspondan a la Asamblea General de Accionistas, cuando deba informar sobre irregularidades o cuando sea convocado a ellas. También asistirá a las reuniones de las comisiones cuando así lo disponga la Asamblea de Accionistas-Junta Directiva o sea invitado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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