Micelio

Artículo 6

Autorízase A Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios Y Alcaldes Para Prestar Locales E Instalaciones Oficiales Y Semioficiales Con Destino A La Realización De Manifestaciones Políticas, Indiscriminadamente, Con El Fin De Contribuir Así Al Más Eficaz Y Ordenado Desarrollo De La Etapa Pre-Electoral

Decreto 936 de 1962 · Por el cual se dictan normas sobre manifestaciones públicas de carácter político y transmisiones radiales del mismo carácter, con motivo de las elecciones presidenciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase a los Gobernadores, Intendentes, Comisarios y Alcaldes para prestar locales e instalaciones oficiales y semioficiales con destino a la realización de manifestaciones políticas, indiscriminadamente, con el fin de contribuir así al más eficaz y ordenado desarrollo de la etapa pre-electoral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 936 de 1962