Micelio

Artículo 21

Decreto 209 de 1888 · en ejecución de la ley 7ª de 1888 "sobre elecciones populares".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 21. Las actas y escrutinios que estas Corporaciones practiquen son acusables de nulidad por cualquier individuo y por las causales señaladas en los artículos 108 á 111 ó por fuerza ó coacción ejercidas sobre la Asamblea. Los Agentes del Ministerio público y Jueces respectivos adoptarán las medidas que estimen conducentes para que las pruebas que en este caso se soliciten se levanten sin demora, compeliendo á los testigos y haciendo uso de todos los medios legales que tienen á su disposición para establecer la verdad de los hechos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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