Micelio

Artículo 1

Ley 88 de 1944 · Por la cual se ordena la construcción de una central nacional hidroeléctrica sobre el río Negro, entre el Departamento de Cundinamarca y la Intendencia del Meta, y se otorga una autorización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional en combinación con la Intendencia del Meta y una vez sancionada la presente Ley, procederá a efectuar los estudios que sean necesarios para el establecimiento de una central hidroeléctrica, sobre el Rio Negro en el estrecho de las Termopilas o donde la técnica aconsejo, destinada al beneficio de la Ciudad de Villavicencio, pueblos vecinos y Oriente de Cundinamarca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 88 de 1944