El Gobierno Nacional en combinación con la Intendencia del Meta y una vez sancionada la presente Ley, procederá a efectuar los estudios que sean necesarios para el establecimiento de una central hidroeléctrica, sobre el Rio Negro en el estrecho de las Termopilas o donde la técnica aconsejo, destinada al beneficio de la Ciudad de Villavicencio, pueblos vecinos y Oriente de Cundinamarca.
Ley 88 de 1944 →Vigente
Artículo 1
Ley 88 de 1944 · Por la cual se ordena la construcción de una central nacional hidroeléctrica sobre el río Negro, entre el Departamento de Cundinamarca y la Intendencia del Meta, y se otorga una autorización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.