Micelio

Artículo 70

Si Durante El Período De Prueba El Condenado Cometiere Un Nuevo Delito O Violare Los Deberes Especiales Que Se Le Hayan Impuesto, Se Ejecutará Inmediatamente La Sentencia Por Orden Del Juez O Tribunal Respectivos

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si durante el período de prueba el condenado cometiere un nuevo delito o violare los deberes especiales que se le hayan impuesto, se ejecutará inmediatamente la sentencia por orden del Juez o Tribunal respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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