Micelio

Artículo 2

Ley 1 de 1990 · por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 245 años de la fundación del Colegio Académico de Buga, en la ciudad de Buga, Departamento del Valle del Cauca, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la sanción de la presente Ley de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que planifique y ponga en ejecución las siguientes obras de interés social y beneficio común en la ciudad de Buga, Departamento del Valle del Cauca, las cuales son indispensables para la gran empresa educativa que viene desarrollando el Colegio Académico de Buga:

1.

Construcción de un auditorio Paraninfo.

2.

Construcción de un Coliseo Cubierto.

3.

Cerramiento total de los predios del Colegio.

4.

Dotación de una sala de cómputo con su respectivo mobiliario y diez computadores.

5.

Adecuación de las canchas de balompié.

6.

Adecuación y dotación de los laboratorios de química, física y biología.

7.

Construcción de un local para biblioteca.

8.

Construcción de un local para el funcionamiento de la sala de profesores.

9.

Ampliación de la planta física en lo referente a aulas de clase.

10.

Construcción del bloque para el funcionamiento de la Administración del Colegio.

11.

Ampliación de la planta de personal: tres celadores, un jardinero.

12.

Obtención de un computador para mejorar el sistema de comunicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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