Micelio

Artículo 6

Dirección Ejecutiva Del Programa De Protección A Víctimas Y Testigos En El Marco De La Ley 975 De 2005

Decreto 3570 de 2007 · por medio del cual se crea el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Dirección ejecutiva del programa de protección a víctimas y testigos en el marco de la Ley 975 de 2005 . La Dirección Ejecutiva del Programa de Protección a Víctimas y Testigos, en el marco de la Ley 975 de 2005, estará a cargo del designado para estos efectos por la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia, quien servirá de enlace con las entidades del Estado responsables de adoptar las medidas tendientes a la protección de la vida, integridad, seguridad y libertad de las víctimas y testigos para garantizar su participación en las diferentes etapas del proceso de justicia y paz, en los términos del presente decreto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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