Micelio

Artículo 25

Decreto 2679 de 2008 · por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A., y se determinan la funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Gerencia Regional , las siguientes

a)

Establecer y ejecutar las estrategias comerciales en la regional, de acuerdo con las directrices impartidas por la Vicepresidencia Comercial, para lograr un adecuado posicionamiento del Banco mediante el cumplimiento de objetivos de rentabilidad económica y social y crecimiento a corto, mediano y largo plazo;

b)

Desarrollar y dar cumplimiento permanente al Plan Estratégico regional, garantizando su realización dentro de las políticas generales establecidas en el Plan Estratégico del Banco;

c)

Con el apoyo de la Gerencia de Mercadeo e Información, planear, organizar, dirigir y controlar los programas y estrategias de mercado de los productos y servicios del Banco, para lograr un efectivo posicionamiento en el mercado regional;

d)

Proyectar y presentar para aprobación de la Dirección General del Banco, el presupuesto general de la gerencia regional y sus oficinas;

e)

Desarrollar, de acuerdo con las políticas generales definidas por la Dirección General del Banco, las estrategias a seguir por parte de las subgerencias, gerencias zonales, direcciones zonales y oficinas, para el logro de los fines propuestos y la consolidación económica y financiera de la Entidad;

f)

Supervisar la gestión administrativa, comercial y operativa de las dependencias y oficinas a su cargo y proponer y aplicar estrategias de mejoramiento;

g)

Velar por la articulación y realización efectiva de los procesos administrativos, operativos y comerciales tanto en las dependencias como en las oficinas de su regional;

h)

Exigir a las oficinas la conciliación diaria de las cuentas originadas por la operación realizada;

i)

Velar por la aplicación de los mecanismos de control requeridos para la minimización del riesgo de la operación bancaria;

j)

Atender los requerimientos de los entes de control y aplicar en forma inmediata soluciones a las falencias de control encontradas;

k)

Orientar mecanismos de control permanente que faciliten la aplicación de las medidas que impidan que la Entidad sea utilizada en actividades de lavado de activos;

l)

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia;

m)

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

Parágrafo

El Banco Agrario de Colombia S. A., podrá tener hasta doce (12) gerencias regionales, cuya jurisdicción y sede será definida por la Junta Directiva según propuesta del Presidente del Banco.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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