Decreto 1495 de 2002 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto-ley 1790 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cursos de capacitación. La programación académica de los cursos de capacitación de que trata el Artículo 70 del Decreto 1790 de 2000, deberá ser propuesta por cada uno de los Comandos de Fuerza para aprobación del Comando General de las Fuerzas Militares.
Parágrafo
Los Oficiales del Cuerpo Administrativo, para ascenso a los grados de Capitán o Teniente de Navío y de Mayor o Capitán de Corbeta, deberán realizar un curso de capacitación con una duración máxima de ocho (8) semanas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.