Micelio

Artículo 75

Reparación Integral

Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reparación integral. La reparación de las víctimas implica la adopción de las medidas señaladas en el artículo 15 del presente decreto. Las víctimas pertenecientes al pueblo Rrom que hayan sufrido un daño individual sin efectos colectivos, que no pueda asimilarse al daño colectivo de conformidad con lo establecido en el presente decreto, tendrán acceso a las medidas de reparación consagradas en la Ley 1448 de 2011. Para acceder a dicha reparación individual, las víctimas deberán seguir el procedimiento de registro y acceso a las medidas consagrado en la Ley 1448. Por su parte, la reparación de las Kumpañy como consecuencia de la ocurrencia de un daño colectivo, o un daño individual con efectos colectivos, se definirá a través de un Plan Integral de Reparación -PIR-, el cual será consultado con cada una de las Kumpañy afectadas, respetando su identidad cultural particular y teniendo en cuenta la dimensión colectiva, cultural de las violaciones sufridas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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