º. Integración del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto Nacional para Sordos (Insor), estará integrado por siete (7) miembros así
El/la Ministro/a de Igualdad y Equidad o su delegado/a, que lo presidirá; o quien haga sus veces.
El/la Ministro/a de Educación o su delegado/a.
El/la Ministro/a de Hacienda y Crédito Público o su delegado/a.
El/la director/a del Departamento Nacional de Planeación o su delegado/a.
El/la Ministro/a de Salud y Protección Social o su delegado/a.
El/la Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o su delegado/a.
Un representante de la población sorda o su suplente, elegido por el/la Ministro/a de Igualdad y Equidad de terna presentada a través de la Dirección del Insor, por las organizaciones de sordos legalmente reconocidas.
El/la director/a del Instituto actuará en el Consejo Directivo con voz pero sin voto. El/la Secretario/a General de la entidad actuará como Secretario/a del Consejo Directivo.
El/la representante y suplente de los sordos tendrá un periodo de dos (2) años y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los demás miembros del Consejo Directivo estarán sujetos a lo estipulado en las normas legales vigentes sobre la materia.